
Con independencia de las discusiones doctrinales a las que está dando lugar el cumplimiento de la pena accesoria de inhabilitación del diputado Alberto Rodríguez, la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la máxima instancia jurisdiccional, es clara: el pago de la multa de 540 euros que sustituye a la prisión de un año y un mes es independiente de la inhabilitación que obliga al ex número tres de Podemos a dejar su escaño por propinar una patada a un policía. Tan claros ve el Supremo los términos de su resolución que cuando Alberto Rodríguez pidió la al tribunal sentenciador (la propia Sala Segunda) que le aclarara los efectos de esa pena accesoria, el Alto tribunal lo consideró innecesario....
Ver Más
De España https://ift.tt/2XDfQZo
0 comentarios:
Publicar un comentario