martes, 19 de abril de 2022

Libertad de horarios y dispensación a domicilio en la nueva Ley de Farmacia

Tras años de tramitación, conversaciones con colectivos del sector y enfrentamientos políticos, está previsto que la nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid reciba hoy el visto bueno del Consejo de Gobierno. La norma, que flexibiliza horarios y servicios y regula actividades como la ‘telefarmacia’ en casos de especial necesidad, pasa ahora a la Asamblea madrileña para su tramitación, discusión y votación. El Gobierno regional madrileño llevaba años dándole vueltas a esta nueva ley. Lo intentó, de hecho, en la legislatura de Cristina Cifuentes, y tenía ya un texto preparado que terminó en la cuneta por desacuerdos con Ciudadanos, que le retiró el apoyo al proyecto. Franja fija y variable El proyecto de Ley de Farmacias recoge la flexibilidad para abrir las 24 horas en aquellas oficinas de farmacia que lo deseen: habrá una franja fija y una variable de apertura, que puede llegar hasta las 24 horas del día para facilitar la adquisición de cualquier producto. Además, introduce nuevos servicios como la atención domiciliaria, de forma que se garantice el servicio a los usuarios que no puedan acudir a recoger los medicamentos. La norma regula también los sistemas personalizados de dosificación, para mejorar la aplicación de los tratamientos, sobre todo para pacientes crónicos, polimedicados o dependientes. El nombre completo de la nueva norma es Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica. El documento, señalan en la Consejería de Sanidad que dirige Enrique Ruiz Escudero, ha sido elaborado «desde el consenso» y «recoge las aportaciones de ciudadanos y profesionales del sector». Su intención es «crear una farmacia más moderna y cercana al paciente». A efectos prácticos, su aplicación supondrá que se dé amparo legal a la atención farmacéutica domiciliaria. A través de esta fórmula, se podrán dispensar medicamentos y productos sanitarios en casa, por parte del personal de las oficinas de farmacia. Un servicio que ya se llevó a cabo, por la fuerza de las circunstancias, durante los momentos más duros de la pandemia por Covid-19, y resultó todo un éxito. En todo caso, estas entregas a domicilio se destina a los usuarios con necesidades específicas, que han perdido la autonomía funcional y precisan cuidados por enfermedades crónicas, o con dificultades o impedimentos para desplazarse a la farmacia. Para llevarlo a cabo, se establecerán por reglamento el procedimiento a seguir y los sistemas de comprobación necesarios para realizar este servicio con las garantías de control y calidad exigidas, con entrega informada. Y, como es obvio, esta entrega a domicilio de los medicamentos no supondrá nunca un encarecimiento en los precios de los mismos. Con la vista puesta en el Madrid rural, reconoce la norma la singularidad de las oficinas de farmacia que se sitúan en municipios de menos de 2.000 habitantes, donde el horario ordinario y oficial podrá ser de 35 horas semanales y podrá realizarse de forma continuada –sin necesidad de cerrar a mediodía–. Nutrición y Dietética Una actividad cada vez más común en las farmacias, la de nutrición y dietética, se amplía y regula: la llevarán a cabo profesionales sanitarios en plantilla, debidamente cualificados, pero que necesariamente no tienen que ser farmacéuticos, «lo que redunda en una mayor flexibilidad y un estímulo a la economía y al empleo, en tanto que brinda salidas profesionales a otras titulaciones relacionadas con este ámbito», argumenta la Consejería. Capítulo aparte merece la atención farmacéutica en centros de servicios sociales de carácter residencial de menos de 100 camas –en régimen de asistidos que presten asistencia sanitaria específica y no cuenten con farmacia hospitalaria–:en estos casos, dispondrán de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia del área sanitaria o a una oficina de la Comunidad de Madrid. Es una manera de garantizar que se dé respuesta a las necesidades de una población especialmente sensible y vulnerable. El proyecto de ley regula la participación de los servicios farmacéuticos en los dispositivos en caso de emergencia sanitaria, y recoge mejoras para facilitar la eliminación de medicamentos caducados. El contenido de la nueva ley ha provocado algunas quejas desde la Federación de Asociaciones de Farmacias de Cataluña, que consideran que la Comunidad de Madrid no cuenta con competencias para dictar normas sobre dispensación farmacéutica domiciliaria.

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