lunes, 1 de agosto de 2022

Crimen de Meco, a un paso de quedarse sin juicio

La Audiencia Provincial de Madrid tiene ya la pelota en su tejado. La juez que instruye el crimen de Meco, la titular número 5 de Alcalá de Henares, ha dictado una providencia el 12 de julio para que el órgano superior decida acerca de los recursos interpuestos contra su auto de sobreseimiento temporal de la muerte, el 16 de enero de 2019, de Miríam Vallejo Pulido, 'Mimi', de 25 años. Los hechos ocurrieron cuando la muchacha sacó a pasear a sus cuatro perros en un descampado de la localidad madrileña, muy cercano a su vivienda, en Villanueva de la Torre, ya en la provincia de Guadalajara. Tanto la Fiscalía como la acusación particular han presentado escritos en contra de esta medida de la juez alcalaína, toda vez que supondría dejar sin llevar a juicio el caso, a menos que desde el momento de los hechos hasta que prescriba (enero de 2039) se hallen indicios para reabrir el asunto contra alguno de los dos imputados u otra tercera persona. El archivo, actualmente, es temporal, pero la resolución de la Audiencia de no hacer caso a los recursos en contra dejaría sin sentar en el banquillo a ninguno de los por ahora dos investigados: Sergio S. M. y Alberto B. L. Es casi seguro que la determinación de la Sección 30ª llegue después del verano, muy probablemente (como es habitual) sin celebrarse una vistilla con todas las partes en sala. Fuentes jurídicas consultadas por ABC, tanto a favor como en contra de estas dos acusaciones, creen que lo más probable es que el órgano inmediatamente superior al juzgado de Instrucción se decantará por mantener el archivo temporal. Un supuesto que supondría un jarro de agua fría para la familia de la víctima y sus allegados, que tras tanto tiempo verían cómo la salvaje muerte de 89 puñaladas de la joven quedaría impune. Para Sergio y Alberto, que mantienen su inocencia, sería la oportunidad de seguir con sus vidas: el primero volvió a su puesto de trabajo habitual y tiene levantadas las medidas cautelares impuestas por la juez de Alcalá (retirada de pasaporte y presentación regular, 'apud acta', en el juzgado); el otro es un delincuente común con problemas de drogodependencia que entra y sale de prisión por otras causas y que en su día llegó a autoinculparse del asesinato. Ahora, se niega a declarar y no colabora con la Justicia. Como adelantó ABC, Ana María Gallegos firmó el 27 de abril pasado el auto por el que se reconocía un «supuesto constitutivo penal», si bien «no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada, ni para continuar con la imputación contra el investigado Sergio S. M. ni contra el sospechoso Alberto B. L.». El argumento esgrimido por la magistrada es que «el perfil genético» hallado en una etiqueta de la sudadera que llevaba Míriam al ser apuñalada «no coincide con ninguno de los existentes». Dando así por buena, sin mencionarlo explícitamente, la tesis de la defensa de Sergio de que, al compartir vivienda con su entonces novia, Celia, y la mejor amiga de ésta, Míriam, pudo haber una transmisión de ADN porque hacían la colada junta. Sergio S. M. ya cumplió cuatro meses de prisión provisional entre agosto y diciembre de 2019 por estos hechos, pero quedó en libertad condicional por falta de pruebas , entre ellas y con más fuerza, el asunto del ADN, sobre el que pivota principalmente la investigación. En cuanto a Alberto B. L., en diciembre de 2020 manifestó por mensajes de WhatsApp a sus terapeutas de la clínica de desintoxicación Remar a la que acudía que el asesino fue él. Lo hizo, dijo, una vez que había coincidido en prisión con Sergio, vecino de Azuqueca de Henares como él, y se arrepintió de no haber dado la cara: «No sabes lo que he hecho. No tenéis ni idea. Te dije una vez que no podía dormir por las noches. La maté, no sé por qué . Lo hice. Esta es mi condena y no sé por qué estoy tan enfermo. Ahora debes ir a la Policía. La maté. 68 puñaladas», rezaban los mensajes, a los que tuvo acceso ABC. Su postura actualmente es radicalmente distinta. El informe de la Guardia Civil , que restaba veracidad a esta confesión, llegó a manos de la juez un año después, a finales de 2021. La magistrada, al conocerlo, ordenó su toma de declaración en la cárcel (a la que el reo se negó) y de ADN, para cotejarlo con las pruebas que obran en el sumario. Sin resultado positivo. Mientras, la última prórroga de la instrucción llegaba el pasado 28 de enero, el día después de acudir la Guardia Civil a intentar interrogar a Alberto en prisión. Sin más pruebas pendientes de practicar, Ana María Gallegos decretó y comunicó el sobreseimiento temporal tres meses después. La Fiscalía y la acusación particular, que representa a los padres de Míriam, han recurrido. El Ministerio Público, por una cuestión formal, pues considera que el auto de Alcalá de Henares no está bien argumentado. En cuanto al abogado de la familia Vallejo Pulido, se esgrime esa misma cuestión, pues considera que se ha despachado el archivo sin apenas explicación. Esa falta de motivación responde, según el recurso, a que la juez no ha expuesto «una respuesta lógica, suficiente y jurídicamente» válida. Esa es la primera causa, la formal, por la que considera que debe declararse nulo el archivo temporal. MÁS INFORMACIÓN Crimen de Meco: las claves para un asesinato sin resolver más de tres años después En cuanto al fondo, sostiene la representación de los padres de la finada que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva , dejando sin el caso sin ser juzgado; pero también abunda en los siguientes razonamientos: se ha cometido un asesinato y «Sergio S. M. está involucrado, presuntamente, en los hechos objeto de la instrucción». Insiste en que el juzgado «no ha agotado las posibilidades en la indagación e investigación» del caso. Y señala, como ejemplo, los informes de Criminalística de la Guardia Civil y del propio perito de parte de la familia, José María Garzón, que apuntan a que el ADN de la prenda de Míriam coincide con el de Sergio en un alto porcentaje. Además, recuerda que la Sección 30ª se pronunció, en diciembre de 2019, ya con el ADN analizado: «Los indicios incriminatorios contra Sergio S. M. son claros y patentes». Insiste en que sería en el juicio oral donde deberían dirimirse otros indicios, como la triangulación de los teléfonos móviles, la declaración de Celia y la del hermano del principal investigado. En el sumario obran los mensajes de WhatsApp de ella a su excuñado, en que dice: «Salió a buscarla y la cogió por la espalda, del cuello. Y el arma está enterrada por allí, en una madriguera. Y la ropa se quemó. Pero la verdad es que tu hermano ha tenido algo que ver. Muchas cosas hay». Sobre Alberto, quiere la acusación saber qué ocurrió, pues, aun siendo drogodependiente cuando envió esos mensajes autoinculpatorios a sus terapeutas, se negó a declarar luego ante la Guardia Civil, estando en prisión y, por lo tanto, supuestamente sin consumir y lúcido. La noche de autos, las antenas telefónicas le sitúan, a la hora del crimen, en la zona donde ocurrió, según el informe de Homicidios. Por su parte, el fiscal se adhiere parcialmente a ese auto de apelación, «por cuestiones formales, por falta de motivación». Pero no lo comparte en el fondo, pues considera que la prueba del ADN, en este caso, «no tiene un contenido inequívocamente incriminatorio, no acredita fehacientemente la participación del investigado [Sergio] en la muerte de la víctima». Da por buena la hipótesis de la transferencia genética en el bombo de la lavadora, en el tendedero o incluso que Celia y Míriam, parecidas en complexión, se intercambiasen ropa., como expone la defensa Y suma otros puntos sin esclarecer: que una testigo oyera a Míriam gritar «¡Soltadme, dejadme!», lo que implicaría la participación de al menos dos asesinos; que la forense no supo aclarar el íter secuencial de la agresión (no sabe, por lo tanto, si fue por la espalda o no), ni tampoco si pudieron participar varias personas, entre otras cuestiones. El informe forense final llegó a los dos años del asesinato. La defensa de Sergio se opone claramente al recurso de la acusación. Afirma que un auto de archivo provisional pide que «las razones se expresen se expresen de modo que pueda entenderse el porqué de lo resuelto». Algo que considera que sí hace la instructora: «Una motivación escueta y sucinta no deja por ello de ser motivación». Además, enumera y se adhiere a todo lo referido, sobre el fondo de la cuestión, en el escrito del Ministerio Fiscal. El abogado de Alberto argumenta que el resultado del análisis de su ADN es negativo con respecto a la muestra comparada. Así, pues, con fecha de este 12 de julio, la magistrada de Alcalá envía los recursos y los escritos en contra de estos a la Audiencia Provincial . Lo que dirima será determinante para saber si habrá o no juicio sobre la muerte de Miríam Vallejo. Al menos, a medio plazo y tras tres años y medio de instrucción.

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