jueves, 23 de abril de 2020

Sánchez ignora al Consejo de Estado pese a la declaración de estado de alarma

A pesar de la excepcionalidad de la situación que mantiene a los españoles confinados en sus domicilios desde hace más de un mes y de las dudas jurídicas que está planteando la posible extralimitación en la suspensión de derechos, el Ejecutivo no se ha dirigido al Consejo de Estado para conocer la opinión de este órgano consultivo, según ha podido saber ABC de fuentes del propio Consejo. El artículo 21 de la ley orgánica que regula este órgano menciona los asuntos en los que el Pleno deberá ser consultado. Así, y junto con los anteproyectos de reforma constitucional o los que se han de dictar en ejecución de tratados internacionales, entre otros, se mencionan los «asuntos de Estado a los que el Gobierno reconozca especial trascendencia o repercusión». Constitucionalistas consultados por este periódico muestran su sorpresa por que el Ejecutivo esté contando con informes de expertos sanitarios y no lo esté haciendo con los de este órgano consultivo, pese a ser consciente ya de que el Tribunal Constitucional va a acabar estudiando este decreto de alarma vía recurso de insconstitucionalidad, cuestión de inconstitucionalidad o recurso de amparo. Junto con la anunciada impugnación de Vox, un grupo de juristas emplazó el pasado domingo al Defensor del Pueblo para llevar el estado de alarma ante el tribunal de garantías por ser, a su juicio, «un estado de excepción encubierto». «¿La declaración de un estado de alarma no es un asunto con suficiente repercusión política para este Gobierno?», se pregunta el catedrático de Derecho Constitucional José Manuel Vera Santos. A su juicio, Moncloa está evitando la opinión del Consejo porque es más fácil desenvolverse en el marco de un estado de alarma que en el de un estado de excepción. El primero es una decisión del Gobierno y el segundo habría requerido la intervención del Congreso desde el primer momento. Mirando hacia atrás ahora, razona, «con la limitación de derechos que se está produciendo y el ataque a la libertad de expresión e ideológica todo parece premeditado». Hasta eludir la opinión del Consejo de Estado. No hay obligación legal Vicente Garrido, catedrático de la Universidad de Valencia y durante trece años presidente del Consejo Consultivo de la Generalitat Valenciana -órgano equivalente al Consejo de Estado pero en la comunidad autónoma- muestra también su extrañeza por que el Ejecutivo ignore a ese órgano. Aunque recuerda que no tiene obligación legal de solicitar un dictamen, le parece «lógico» que lo hubiera hecho teniendo en cuenta que informa sobre cuestiones menos trascendentes que un estado de alarma, como «una negligencia médica o la alteración de una zona verde». Aunque este jurista no comparte con otros compañeros que estemos ante un estado de excepción encubierto, sí cree que sería bueno escuchar la opinión de un órgano tradicionalmente consultado «en asuntos graves de gobierno y administración». La urgencia no puede ser, a su juicio, un pretexto, para no pedir ese informe porque el Consejo de Estado ha llegado a emitirlos en 24 ó 48 horas . «Los consejeros son muy conscientes de que están al servicio del Estado», apunta Garrido. Y aquí hay «una maraña de leyes» que afectan a muchos sectores y que deberían contar con informes. Coincide con la opinión de los anteriores Carlos Flores, también catedrático de Constitucional y uno de los firmantes de la queja que se ha llevado al Defensor del Pueblo. «El Consejo de Estado es una garantía de que las cosas se hagan bien, porque lo que hasta ahora se ha demostrado es que el mismo gobierno que no tenía estrategia médica y que llegó tarde a las mascarillas ha improvisado en el ámbito jurídico una normativa tan carente de de garantías como los test chinos», dice. Por lo pronto, y pese a que una diligencia de ordenación de la Sala Tercera del Supremo dio el miércoles cinco días al Gobierno para que aporte el expediente administrativo relativo al decreto de alarma, todo apunta a que si hay informes jurídicos en esa documentación no llegarán en ese plazo a manos del Alto Tribunal. Y ello porque antes de decidir sobre las medidas cautelarísimas o, en su defecto, cautelares, solicitadas por un abogado valenciano, el Supremo prefiere dirimir si es competente para hacerlo.

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