Cuatro nuevas revisiones a la baja de condenas a agresores sexuales en Oviedo y en Orense han cerrado el año con un balance que en menos de tres meses ha beneficiado a más de 130 delincuentes de este tipo porque la reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno para poner el consentimiento en el centro del delito contra la libertad sexual se ha traducido en una rebaja de las penas que se aplica, por principio constitucional, con carácter retroactivo en beneficio del reo. Y ese reo aquí es el hombre que violó a su cita de Tindr, el que tocaba a las niñas en una pista de patinaje sobre hielo, el que forzó a su mujer con ayuda de un colega, el que abusó de su nieta, el que forzó a su hijastra. Son aquellos para los que las manifestaciones en las calles por cuenta de la primera sentencia sobre el caso La Manada pedían mayores condenas . Son ya al menos 133 los que han visto menguar, por contra, su tiempo en prisión. Hasta 17 han salido de la cárcel porque con el nuevo cómputo ya habían amortizado la pena. En algunos casos, el cálculo implica unos días o unos meses menos de encarcelamiento. En otros, la resta llega a ser de seis y hasta siete años de prisión menos. La revisión más frecuente es la que reduce dos años la condena, porque es lo que ha descendido el mínimo en el Código Penal para este tipo de delitos. Noticia Relacionada estandar Si Montero conocía el riesgo de la 'ley del solo sí es sí': «Se produce una rebaja de la pena» Ana I. Sánchez La memoria de la ley calificó de «pequeña» la reducción, tras el aviso del Consejo General del Poder Judicial El goteo comenzó en octubre, con la entrada en vigor de la conocida como ley del «sólo sí es sí» y acabó convirtiéndose en tormenta. Mientras desde el Ministerio de Igualdad se culpaba a los jueces, en la Fiscalía General del Estado intentaban ponerle coto instruyendo a los suyos a oponerse a las revisiones cuando la misma pena fuese posible con la nueva regulación. Es decir, que si antes a un violador le cayeron seis años y ahora la pena por su mismo delito pueda ser de seis, no se toque la sentencia. Una previsión similar llevaba la reforma del Código Penal de 1995, con una disposición transitoria que especificaba las condiciones para las revisiones de condenas. La modificación impulsada desde el ministerio que dirige Irene Montero no llevaba salvedad alguna y cundió la idea de que haberla introducido podría haber evitado el problema. Sin embargo, no era tan sencillo, porque lo que rige es la proporcionalidad. Con las revisiones han aflorado no pocas resoluciones en las que al agresor se le imponen determinados años de condena por ser o estar cerca del mínimo posible para su delito en el Código Penal. Y ese mínimo ha bajado dos años. De ahí que el condenado tenga derecho a que lo suyo se revise en esa línea. El Supremo: Del caso Arandina al hombre que tocaba a las niñas que patinaban El Tribunal Supremo se ha pronunciado ya en tres ocasiones sobre el impacto de la ley del «sí es sí». La primera fue sobre el caso Arandina y fijó que era «obligatorio» aplicar rebajas cuando las penas ahora fuesen menores. Les elevó la condena en casación hasta 9 años, pero por debajo de los diez que instaba la Fiscalía al entender que con la nueva ley, no procedía. Después llegaría el fallo sobre un hombre que tocó a varias niñas cuando patinaban en una pista de hielo en Vitoria. Pasó de nueve años a cuatro y medio, la mitad. Ha salido libre ya. Por último, ha rebajado de 12 a 10 años la pena a un condenado por violar a una niña de 15, por lo mismo: se le impuso aquella medida por ser la mínima en la ley. Y ahora, aunque cabría la misma pena, ese mínimo ha bajado y la sentencia se debe revisar. Montero, como la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, se han enrocado en que el problema no es la ley y no hay ninguna intención de cambiarla. La única cesión, y no es tal, ha sido intentar introducir esa salvedad que le faltaba mediante el proyecto que deroga la sedición. Pero todos los juristas coinciden en que no tendrá efectos prácticos porque va en la exposición de motivos de otra ley, no en esta. En todo caso, la norma sigue en vigor y aunque mañana se derogase, habiendo estado viva se pueden acoger a ella los condenados anteriores e incluso los posteriores por hechos cometidos durante su vigencia, si sigue siendo más beneficiosa. En la huida hacia adelante, desde el Gobierno se puso el peso en el Tribunal Supremo, dando a entender que solucionaría el problema marcando una pauta de interpretación restrictiva. La respuesta no fue la que esperaba Moncloa : fijó que rige el caso por caso y que cuando la pena impuesta supere la que le hubiese caído antes al violador, sería «obligatorio» rebajarla. Es lo que venían haciendo las audiencias provinciales, que poco a poco iban unificando sus propios criterios internos de actuación. Prácticamente todas decidieron revisar caso por caso y aplicar rebajas cuando las penas hubiesen bajado. En La Rioja se optó por mantener las que cupiesen con la nueva ley, como decía la Fiscalía, hasta que les llegó un caso susceptible de rebaja hace dos semanas y la aplicaron: un hombre que agredió a su compañera de trabajo pasó de siete a cuatro años de cárcel. Cantabria, una rebaja de siete años para los dos violadores de una mujer La Audiencia Provincial de Cantabria ha aplicado una de las rebajas de pena más abultadas de cuantas han trascendido desde la entrada en vigor de la ley del «sí es sí». Se trata de dos jóvenes condenados en firme por violar a una mujer en un hostal de Santander donde se alojaban con más amigos. La sentencia dio por probado que ella se quedó paralizada y no pudo pedir ayuda y el tribunal les impuso doce años de prisión por la agresión sexual más otros seis años de cárcel por la cooperación entre ellos para perpetrarla. El primer delito, con las penas que ahora recoge el Código Penal, se queda en siete años y el segundo, en cuatro. Al final, siete años menos para cada uno hasta once en prisión. En este caso, la resolución razonaba expresamente sobre la concurrencia de la ley del «sí es sí» y la posibilidad de 'congelar' la pena en 18 años habida cuenta de que cabría tras la reforma legal. Descartó expresamente hacerlo por entender que esa previsión está contenida en la disposición transitoria que llevó la reforma del Código Penal de 1995 y no es extrapolable a la nueva norma, que no lleva salvedad alguna que limite las revisiones de sentencias frente al principio constitucional de beneficiar al reo. A amnos se les impusieron las penas mínimas en su día y ahora, esas mínimas han menguado. Se han producido así descuentos de este tipo ya en las 17 comunidades autónomas. Y seguirán llegando. Según la estadística de población penitenciaria, al cierre de 2021 constaban 3.746 reclusos por delitos contra la libertad sexual en España, el grueso por abuso o agresión. Violadores y abusadores sexuales Por comunidades autónomas, Madrid, con 20 casos, es la región donde los tribunales han dictado más rebajas de condenas a agresores o abusadores sexuales. Según cifras del Tribunal Superior de Justicia madrileño, constaban 475 sentencias firmes con reo en prisión en sus archivos. Entre los veinte beneficiados de los que ha trascendido resolución, está un hombre que abusó sexualmente de un niño de 12 años con penetración. Su condena se quedó en seis años y nueve meses, dos menos que en la sentencia inicial. Madrid es la comunidad de la que se han notificado más casos de revisiones a la baja de sentencias, con una veintena En Galicia se cuentan al cierre del año 18 casos. Uno de los últimos comunicados es el de un hombre que se tiró encima de una mujer en una estación de tren para violarla y consiguió hacerlo con las manos. Pasa de seis a cuatro años. En Pontevedra hubo una rebaja mayor: restaron cinco años de prisión a un condenado a 12 por violación . Quedó en libertad porque ya había saldado los siete años del nuevo cálculo. Mientras, en Andalucía la cifra es de 17 beneficiados por las rebajas, que ya se aplican en sentencias que se van dictando en todo el país. Uno de los primeros en notificarse fue el caso de un hombre que citó a una mujer para ofrecerle un trabajo, pero la llevó a un descampado y la violó . Habiendo pagado indemnización, le cayeron cinco años que pasan a ser cuatro. De Andalucía son los condenados por el caso de La Manada, el fenómeno social que derivó en esta reforma. El letrado ha pedido la revisión para uno de ellos, el único que realmente notaría una mejora porque en el resto no tendría impacto en la liquidación de condena con otros delitos. En todas las comunidades Siguiendo con los datos, se han registrado 15 beneficiados de la reforma de Montero en la Comunidad Valenciana, según el balance de Ep. La mayoría, en la Audiencia Provincial de Alicante, donde se han firmado dos excarcelaciones. En la de Castellón, un hombre condenado a seis años ha pasado a tres años y medio; violó a una chica de 17 con ayuda de su mujer. En Castilla y León se cuentan 12, alguno especialmente alarmante como el del conocido como «violador de la capucha», en Valladolid , que agredió a seis mujeres y que resta tres años a su condena de 18. En Canarias, por otra parte, se cuentan 9 agresores y abusadores beneficiados, como dos hombres que intentaron violar a una mujer y que de 5 años pasan a tres y once meses de cárcel. Del País Vasco han trascendido ocho rebajas, entre ellas la de un toxicómano condenado por dos agresiones sexuales que ha visto su pena menguar de seis a cuatro años de prisión. Mientras, se suman siete casos en Extremadura, incluido un violador que reincidió en un permiso penitenciario y al que se descuentan dos años de condena. Madrid, el profesor de inglés y el dilema pendiente sobre el consentimiento No fue el primer caso en trascender pero sí uno de los primeros en producirse. El mismo día que entró en vigor la ley del «sí es sí», el 7 de octubre, la Audiencia Provincial de Madrid revisaba la sentencia de un profesor de inglés que había pagado a cuatro alumnos para que se dejasen tocar. Es un caso controvertido y que tendrá recorrido porque deja sin efecto su condena de abuso sexual continuado sobre tres de ellos, ya que en las fechas tenían 16 y 17 años y no medió violencia en el consentimiento que prestaron. El tribunal entiende que siendo así, esta conducta se ha despenalizado. Redujo cinco años su condena, así que pasó de seis años y medio a uno. Salió sobre la marcha en libertad. Es una de las rebajas sobre las que previsiblemente, habrá recurso, por la interpretación de la ley en la protección de esas edades. En Asturias son otros siete casos, conforme el mismo balance, e incluye a un hombre que durante un lustro, estuvo violando a la hija menor de unos amigos. Pasa de 12 a 10 años de prisión. Y en Cantabria, son cinco las sentencias revisadas a la baja, incluida la que descuenta siete años de cárcel a dos hombres que forzaron a una mujer en un hostal de Santander. En Cataluña, por su parte, se han rebajado penas a cuatro violadores , como el que agredió a una chica de 17 años a la salida de una discoteca en Cadaqués y que ve menguar su pena en dos años. En Baleares se cuentan dos, los de dos jóvenes que violaron a una chica una noche de Halloween; misma cifra que en Murcia. En Castilla La Mancha consta hasta la fecha un caso, como en Navarra y el mencionado de La Rioja . Mientras, el Supremo se sigue pronunciando a golpe de recursos de casación, en espera de que lleguen los específicos sobre las rebajas de pena. Han rebajado o aplacado la subida de tres condenas.
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domingo, 1 de enero de 2023
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