viernes, 1 de enero de 2021

Los indultos, nueva prueba de fuego para la Abogacía del Estado

«Serán condiciones tácitas de todo indulto que haya sido oída la parte ofendida». El artículo 15 de la ley del indulto es clara: obliga a pedir informe a los afectados por la conducta del condenado. Y en este caso la Abogacía del Estado lo fue por la malversación cometida por cuatro de los doce condenados. Fue precisamente ese delito el que justificó la personación de los servicios jurídicos del Estado en el juicio del «procés» al tratarse de dinero de las arcas públicas. Una vez que ya ha informado la Fiscalía (lo hizo el 22 de diciembre en escritos demoledores para los condenados), el Tribunal Supremo tiene previsto trasladar los expedientes de los indultos a la Abogacía del Estado después de... Ver Más

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