miércoles, 30 de octubre de 2019

Pilar de Lara «abandonó los más elementales deberes» como juez, según el CGPJ

El pasado 26 de septiembre, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial ratificó por unanimidad la sanción de siete meses y un día impuesta por la Comisión Disciplinaria a la juez de Lugo Pilar de Lara, en virtud de una falta muy grave una falta muy grave de desatención en el ejercicio de las competencias judiciales. Los miembros del Pleno respaldaron la propuesta de resolución elevada por la vocal ponente, Mar Cabrejas, y que desestimaba el recurso de alzada contra esta sanción planteado por Agustín Azparren, el abogado de la juez. ABC ha accedido a esta resolución en la que, entre otras afirmaciones, se sostiene que Pilar de Lara incurrió en «abandono de los más elementales deberes que deben presidir el desarrollo de la instrucción penal». Esta resolución, que fue comunicada a comienzos de mes a la interesada, da respuesta en sus más de cien folios al recurso de alzada presentado por Azparren, y en el que se acusaba a la Disciplinaria de desvío de poder, vulneración del principio de proporcionalidad en la sanción e incluso se insinuaba la politización del órgano de gobierno de los jueces en España en el marco de una hipotética vulneración del Convenio Europeo de Derechos Humanos, una apelación «impertinente y extravagante», a ojos de la ponente. Una a una, la resolución aprobada desmonta estas acusaciones y considera que las irregularidades constatadas en el Juzgado de Instrucción nº1 de Lugo «justifican la estimación de falta muy grave que ha sido sancionada», y ponen de manifiesto «un método de instrucción no ya alejado del estándar sino completamente al margen de una atención y control al que está obligado el juez de instrucción». Sacrificios innecesarios Frente a la reiterada alegación de su defensa de que Pilar de Lara es una juez entregada a su trabajo, con maratonianas jornadas en el juzgado y que incluso prescinde de periodos vacacionales —«es un hecho público y notorio en Lugo»—, la resolución replica que a un instructor no se le exigen «sacrificios ni un trabajo extenuante, sino simplemente una dedicación regular y adecuada». Igualmente, se desmonta la acusación de que se cruza la línea roja de invadir la esfera jurisdiccional de un magistrado. «Lo que se sanciona no es el desacierto del contenido jurisdiccional de lo que fuere acordado en las diligencias afectadas, sino las disfunciones señaladas» extensamente a lo largo de casi noventa casos concretos por la Disciplinaria en las principales macrocausas que instruye la juez, como «Pokemon» o «Carioca». De esta última, Azparren afirma que es «una de las causas más voluminosas de la historia judicial española», con 272 tomos y unos 130.000 folios, «muy por encima del sumario del 11-M». Diez años después de iniciar su instrucción, el pasado marzo se cerró su pieza principal con solo cinco investigados camino del banquillo para ser juzgados. «Lo que se sanciona no es el desacierto del contenido jurisdiccional, sino las disfunciones» señaladas y expuestas en casi noventa casos concretos Según la resolución, se aprecian en cada una de las causas que tramitaba la magistrada disfunciones tales como «paralizaciones o largos períodos de inactividad, ausencia de resolución sobre diligencias de instrucción, ausencia de resoluciones procedentes en plazos mínimamente razonables», otras «que fueron consideradas por la Audiencia Provincial prospectivas y por ello inadecuadas, recopilación ingente de documentos, desorden cronológico en la formación de autos (...) y falta de exigencia al personal del juzgado del oportuno cumplimiento de sus obligaciones». Esta última parte responde a uno de los argumentos esgrimidos por Azparren, que derivó la responsabilidad de los retrasos en «la insuficiencia de medios» y «la escasa formación y aptitud para el trabajo de algunos de los funcionarios» de su juzgado, entre los que «solo hay cuatro con experiencia y buena disposición para el trabajo». «Lo que menos puede imaginar un juez es que el secretario almacene atestados sin dar cuenta, ni unirlos al procedimiento, exhortos sin tramitar encima de su mesa, traspapele informes y documentación necesaria para periciales (...) a menos que se pretenda exigir también a los jueces que se dediquen a controlar lo que hay en los cajones» de sus subordinados. La resolución del Pleno es contundente en su réplica y apela «al deber de atención y control que pesa sobre un juez de instrucción sobre causas penales, ya sea con personas en prisión o no (...) preservando unas tareas de atención, supervisión, cuidado y control permanente». Desviación de poder «Es evidente que la finalidad del presente expediente es apartar a la magistrada del Juzgado de Instrucción de Lugo», sostiene con rotundidad la defensa de De Lara, y a ello atribuye la sanción de siete meses y un día que provocará la pérdida de su plaza y su traslado a otro juzgado. Esta supuesta intencionalidad quedaría demostrada, a juicio de Azparren, en «una serie de irregularidades» en los informes de la inspección que dieron pie a la incoación del expediente por parte del Promotor de la Acción Disciplinaria, llegando a acusar a este servicio de inventarse trámites para rectificar errores en los documentos relativos al Juzgado de Instrucción nº1 de Lugo. El Consejo afeó a la defensa de De Lara que empleara «de forma muy ligera» la acusación de «desviación de poder» para que la juez perdiera su plaza en Lugo «Se abrió un expediente de seguimiento en 2015 que nunca existió como tal, pues ningún seguimiento se hizo al estar el expediente sin actividad durante más de dos años», afirma Azparren. Si eso fue así «es porque la magistrada sancionada incumplió el deber impuesto por la Inspección de emitir informes mensuales, lo que sólo hizo desde abril de 2007», le puntualiza la ponente Cabrejas, quien reprocha además a Azparren que haya acudido «de forma muy ligera a la técnica de la desviación de poder, prácticamente a su mera invocación desprovista de elementos de juicio». El abogado invoca también una supuesta indefensión de la juez, al negársele por parte del Promotor las testificales de inspectores y personal de diversos juzgados que tenían previsto hablar del buen hacer de Pilar de Lara al frente de Instrucción nº1. «El parecer de los inspectores ya quedó reflejado en los correspondientes informes», contesta la resolución, y el resto de testimonios, por favorables que fueran «no disminuiría la incontestable elocuencia» del «estado y evolución de todas y cada una de las causas» asumidas por la juez en el periodo temporal evaluado. «Los medios de prueba solicitados no son útiles para rebatir la realidad que reflejan los hechos probados», insiste. Sanción proporcionada «Sorprende esta petición [de siete meses y un día] tan excesiva porque no tiene parangón en las actuaciones disciplinarias de los últimos años», sostiene Azparren, «no se tienen en cuenta las innumerables circunstancias favorables que han sido puestas de manifiesto en este recurso». Para el Pleno del Consejo, «la persistencia de la conducta infractora durante más de tres años, la magnitud del descontrol y la falta de supervisión, el número de asuntos afectados, la injustificada paralización durante años (...) y la falta de competencia demostrada para la gestión de la instruccion son factores que agravan la culpabilida d y justifican la proporcionalidad de la sanción impuesta» con la derivada de la pérdida de destino, «de ineludible aplicación». La defensa de la juez pedirá al Supremo la suspensión cautelar de la sanción En declaraciones a este periódico, el abogado de Pilar de Lara, Agustín Azparren, confirmó que el CGPJ notificó la sanción el pasado 8 de octubre, fecha a partir de la cual empiezan a contar los dos meses de plazo para presentar recurso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Así, la fecha límite será el 9 de diciembre. La defensa de la juez comunicó al CGPJ la intención de plantear recurso judicial ante el Supremo, y solicitar en paralelo la medida cautelar de la suspensión en la ejecución de la sanción. «Nos han contestado que esperarán a que resuelva el TS la medida cautelar» antes de pronunciarse sobre la ejecución efectiva de la sanción, que provocará la salida de Pilar de Lara de su juzgado. En estos momentos, Azparren trabaja «en la solicitud de la medida cautelar que va antes que la formulación del recurso».

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