domingo, 19 de julio de 2020

«El Gobierno pudo ampliar las competencias autonómicas en emergencias sanitarias»

El coronavirus paralizó el país. El sistema sanitario estaba contra las cuerdas y todos los sectores de actividad, salvo los esenciales, se vieron obligados a parar. Mientras tanto, en el Congreso de los Diputados, la oposición afeó al Gobierno la escasa actividad existente durante los meses más duros de la pandemia. Y ahora, con los rebrotes de Cataluña o Aragón poniendo en jaque a administraciones regionales sin competencias suficientes para hacerles frente, surge la duda de si en aquellas semanas se pudo haber tramitado en la Cámara Baja una alternativa legal aplicable en casos como estos sin la necesidad de recurrir a un mecanismo como el estado de alarma. «Si se hubiera querido regular de otra forma durante los últimos meses, se podría haber hecho», zanja José Manuel Vera, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC). En la misma línea se posiciona Ángel Sánchez, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense (UCM), quien reconoce que tiene la impresión de que el Gobierno no ha intentado tener listo un plan alternativo pese a las propuestas de PP o Ciudadanos: «Quien puede hacerlo, no ha movido un papel. El Gobierno tiene detrás 300.000 abogados del estado y técnicos que le pueden hacer los papeles, así que, si quiere hacerlo, medios tiene». Roberto Blanco, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Santiago de Compostela, añade que, al margen del debate sobre el estado de alarma, hay dos leyes que se pueden aplicar ahora mismo para controlar situaciones sanitarias de emergencia, como puede ser el caso de los rebrotes. «Por una parte está la ley 33/2011 de 4 octubre, de Salud Pública y también una ley orgánica, la 3/1986 14 abril de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que también establece medidas especiales en este sentido», detalla Blanco. El experto se detiene en esta última norma, que faculta a las autoridades a adoptar «las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos» con el objetivo de controlar enfermedades infecciosas. No es tan sencillo «La polémica en la que estamos es si estas dos leyes permiten adoptar medidas como el confinamiento de una comunidad autónoma entera y yo creo que no», manifiesta el catedrático, quien considera que esta normativa puede permitir a un dirigente autonómico que aísle a una familia o limitar la circulación en pequeñas zonas de un municipio, pero en ningún caso entrega el poder sobre un confinamiento masivo de miles y miles de personas. Por ello, estima que «el Gobierno pudo, a través del procedimiento de urgencia, haber elaborado una norma que ampliase las competencias de las comunidades autónomas en materia de emergencias sanitarias» durante estos meses, pero siempre que «no fuera contraria a la Constitución». El profesor Vera subraya también que el trámite legislativo se podría haber llevado a cabo durante estos meses de parón legislativo, aunque advierte que una ley orgánica en la que se toquen los derechos de la ciudadanía podría no haber pasado todos los filtros judiciales: «Podría haberse hecho y que luego la tumbaran por inconstitucional, ya que la limitación de derechos fundamentales tiene que estar muy justificada». El papel de los tribunales «Ni se ha querido cambiar lo que hay ni lo que hay es para todo o nada», insiste el profesor Sánchez, que indica que en otros países europeos se ha tomó una deriva distinta a la del parlamento español tras el primer golpe del virus: «En Francia tramitaron una ley al efecto en ocho días, también en Gran Bretaña han hecho algo similar. En el caso español igual se hubiera tardado un poco más, pero no ha habido propuesta ni intención y no se ha hecho». Juan José Solozábal, catedrático emérito de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), aporta que, a su juicio y para situaciones como esta, sería interesante revisar los mecanismos de coordinación entre el Gobierno y las regiones, especialmente en emergencias sanitarias. «Lo que hay que idear es la cooperación y la colaboración», resume Solozábal, quien no vería con malos ojos una norma que mejorara el sistema sanitario después de la crisis del coronavirus: «Lecciones sí que deberíamos sacar y, en este sentido, una norma que sacase conclusiones de lo que ha ocurrido podría ser interesante». Sin embargo, considera bastante complicado que un proyecto legislativo así llegue a buen puerto en estos momentos: «El clima político no está ahora para esto». Con todo ello, los rebrotes están ahí y los distintos gobiernos autonómicos ven cómo cada decisión al respecto es evaluada por los tribunales, que pueden o no tumbarla, con la consiguiente inseguridad jurídica, tanto para los ejecutivos como para los ciudadanos.

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