martes, 28 de julio de 2020

La Audiencia Nacional ratifica la destitución fulminante del exjefe de la UCO, ordenada por Marlaska

La Sección Quinta de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional avaló ayer la destitución fulminante del que fuera coronel jefe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, Manuel Sánchez Corbí. Este mando fue relevado por orden del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, después de que trascendiera a la prensa un email en el que denunciaba que la unidad estaba bajo mínimos operativos por no disponer de fondos reservados. Fue la entonces secretaria de Estado de Seguridad, Ana Botella, la que firmó su cese el 1 de agosto de 2018 por pérdida de confianza. El correo electrónico en cuestión, r emitido el 25 de julio y enviado a la Jefatura de Policía Judicial y a todos de los Departamentos de la UCO, ordenaba que quedara «temporalmente suspendida cualquier actividad de la Unidad Central Operativa y de sus unidades subordinadas, que requieran obligatoriamente realizar gastos, sin haber recibido ningún tipo de instrucción de sus mandos orgánicos o autoridad judicial o Ministerio Fiscal y poniendo así en riesgo el éxito de operaciones policiales y judiciales». Con esta sentencia, que confirma la dictada en su día por el Juzgado Central de lo Contencioso 3, al coronel Corbí solo le queda la posibilidad de apelar ante el Tribunal Supremo. No obstante, con estos pronunciamientos anteriores las posibilidades de que prospere un recurso ante el Alto Tribunal son escasas, según las fuentes consultadas por ABC. En el primero de los fallos el Juzgado Central 3 confirmó que el cese estaba ajustado a derecho y que la pérdida de confianza no tenía que ver con las relaciones personales de los intervinientes. La Audiencia Nacional sostiene en su sentencia que la destitución estuvo justificada y que Corbí conoció las razones del mismo, tanto las señaladas en la propuesta del director general de la Guardia Civil, como posteriormente en la resolución del recurso de alzada ante el ministro del Interior. Y ello porque la asignación de destinos y el cese por necesidades del servicio es una manifestación del principio de disciplina y operatividad que rige al Instituto Armado. La sentencia recuerda también el régimen específico de los guardias civiles, que se rige por su propia ley y que en materia de nombramientos discrecionales no es comparable al de altos cargos judiciales, algo ya establecido en su momento por el Constitucional. Los magistrados insisten en que el Juzgado Central «da cumplida respuesta, razonada y razonable», a las cuestiones planteadas «sin que la reiteración de la tesis del demandante en apelación, pueda llevar a revocar» la resolución recurrida. Descartan asimismo la vulneración del derecho constitucional del acceso igualitario a las funciones y cargos públicos esgrimido por el coronel al considerar que en el sistema de provisión de destinos en la Guardia Civil no hay ningún derecho al mantenimiento en cargos de libre designación. Fuentes consultadas por ABC creen que la decisión de la Audiencia Nacional puede anticipar el recorrido de los recursos que plantee otro destacado coronel, igualmente fulminado por Marlaska, como es Diego Pérez de los Cobos. En este caso aún se está a la espera de que Interior se pronuncie sobre el recurso de alzada presentado por el exjefe de la Comandancia de Madrid.

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