viernes, 25 de noviembre de 2022

El Ejecutivo de Sánchez rompe con los usos legislativos a los que insta la Constitución

Que un Gobierno lleve al Parlamento un proyecto de ley orgánica para reformar el Código Penal sin acompañarlo de los dictámenes de altos órganos jurídicos del Estado es una anomalía legislativa. Y lo es no solo porque choca con la tradición parlamentaria sino con lo que la propia Constitución manda, que los proyectos de ley sean remitidos con «los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos». Más aún cuando la iniciativa afecta a una norma del calibre del Código Penal, una de las columnas vertebrales del armazón legal de todo estado de derecho. Esa anomalía se está evidenciando ahora, desde que a primeros de agosto el Gobierno llevó al Parlamento el proyecto de ley orgánica para la reforma del Código Penal destinada a endurecer el castigo del maltrato animal . El texto se está tramitando desde entonces sin que el expediente incluya ni un solo informe de los altos órganos jurídicos : ni del Consejo de Estado, ni del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ni del Consejo Fiscal, que son las tres instancias que han venido dictaminando, recurrentemente, sobre sucesivas reformas acometidas hasta la fecha mediante proyectos de leyes orgánicas específicamente redactadas para modificar el Código Penal. A continuación se detallan varios ejemplos. Ley orgánica 7/2012 CGPJ y Consejo Fiscal La ley orgánica aprobada en 2012 para modificar el Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social llegó al Congreso acompañada de los informes remitidos al respecto por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo Fiscal. Prisión permanente Dictámenes aceptados En 2013, el Gobierno de Rajoy envió a las Cortes, para su aprobación, la reforma del Código Penal que introdujo la prisión permanente revisable , además de revisar diversos tipos penales y reforzar la persecución de diversas conductas delictivas, entre ellas las relacionadas con la corrupción. Noticia Relacionada editorial opinion No La ley de protección animal, otro despropósito Editorial ABC De nuevo, el Ejecutivo adolece en una ley de falta de rigor normativo, técnica jurídica depurada y sentido de la lógica Antes de aprobar el proyecto de ley en el Consejo de Ministros y de llevarlo ante el Congreso, el texto no solo fue sometido a informe del Consejo de Estado, del CGPJ y del Consejo Fiscal, sino que se incorporaron sugerencias realizadas por estos órganos. Esta reforma penal culminó su aprobación parlamentaria, sustanciada en la ley orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Ley orgánica 8/2021 Infancia y adolescencia Otra de las leyes orgánicas tramitadas y aprobadas específicamente para modificar el Código Penal fue la 1/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia . Ese proyecto de ley llegó al Congreso acompañado del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), del dictamen del Consejo de Económico y Social, y de los informes del Consejo Fiscal y de la Agencia Española de Protección de Datos. Código Penal militar Triplemente informada La Ley Orgánica 14/2015, del Código Penal Militar, es otro de los casos que constatan los usos legislativos amparados por la Constitución sobre la incorporación de informes de altos órganos jurídicos. Esa ley, cuando fue sometida a tramitación y aprobación en las Cortes, iba acompañada de los informes del CGPJ y del Consejo Fiscal , así como del dictamen del Consejo de Estado.

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