miércoles, 1 de agosto de 2018

Séptimo varapalo al callejero de Carmena: otro juez avala la parálisis de seis vías y bloquea dos más

El titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 23 de Madrid, en una sentencia firmada el pasado 30 de julio, avala la anulación del cambio de seis vías del callejero sobre las que otros magistrados ya se pronunciaron anteriormente y sentencia, además, que el nombre de otras dos calles también deberían restituirse. Según consta en el escrito, al que tuvo acceso ABC, el juez Alberto Palomar Olmeda estima parcialmente el recurso de la Fundación Francisco Franco presentado contra la decisión de la Junta de Gobierno de modificar las denominaciones de 52 vías para erradicar «vestigios franquistas» de la capital. Se trata de la séptima resolución judicial que falla en contra de la postura defendida por el gobierno de Manuela Carmena. En concreto, se refiere a la calle del General Millán-Astray, en el distrito de Latina; a la de los Hermanos García Noblejas, en Ciudad Lineal; Gernal Asensio Cabanillas, en Chamberí; Caídos de la División Azul, en Chamartín; Cirilo Martín Martín, en Moncloa-Aravaca; y la del torero «El Algabeño» , en Hortaleza. El juez asume las estimaciones que ya hicieron otros juzgados de lo contencioso-administrativo y afirma que todas ellas inciden en «la falta de motivación suficiente» por parte del Comisionado de la Memoria Histórica. Aunque el magistrado comparte los argumentos de las sentencias, considera que, como todas ellas están recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), éste será el órgano que fije el criterio final. El juez argumenta que el criterio seguido para valorar las 52 calles exige argumentar «un plus adicional de participación o significación» con la Guerra Civil o la Dictadura franquista. Por este motivo, considera que no se ha «justificado suficientemente el cumplimiento de los requisitos del artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica» en otros dos casos más: el del Comandante Zorita, situado en el distrito de Tetuán; y en el del Paseo del Doctor Vallejo-Nájera, ubicado en Arganzuela. Sobre el militar que fue el primer español en superar la barrera del sonido con un avión, Palomar arguye que «la transformación de su condición de Comandante y su sustitución por Aviador Zorita no se presenta suficientemente justificada, teniendo en cuenta que se admite el que se mantenga su denominación». En cuanto al psiquiatra ovetense, el magistrado sostiene que «los argumentos aducidos no se presentan como suficientes». «Ni por la fecha de la concesión ni por las declaraciones de los miembros del Comisionado puede entenderse que la exclusión está suficientemente justificada», argumenta el juez. Legitimado para alegar Pese a los intentos del Ayuntamiento de impugnar el recurso de la Fundación Francisco Franco por no tener legitimidad para hacerlo, el magistrado incluye un punto aclaratorio para explicar que sí pueden actuar como «una persona jurídica con plenitud de derechos». «Su consideración como una entidad fundacional en el pleno ejercicio de sus derechos civiles nos lleva a afirmar que la defensa de sus objetivos puede hacerles considerar que el recuerdo o la preservación de sus figuras históricas (más allá de lo que cada uno pueda pensar) está conectado a sus intereses y a la preservación de los mismos la legitima para actuar», replica el juez, que, no obstante, elude pronunciarse sobre si deben o no ser indemnizados.

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