sábado, 20 de julio de 2019

Sólo una de cada tres euroórdenes se saldan con la entrega del reclamado

La proximidad de la sentencia del «procés», y la más que probable condena a los líderes independentistas, va a obligar al Tribunal Supremo a plantearse la reactivación de las órdenes de detención y entrega respecto al expresidente Carles Puigdemont y al resto de procesados en rebeldía que se encuentran huidos en Europa. Se trata de los exconsejeros Toni Comin, Lluis Puig, Meritxell Serret, quienes se encuentran en Bélgica; Clara Ponsatí, en el Reino Unido, y la exdirigente de ERC Marta Rovira, quien reside en Suiza, donde no rige la euroorden y sí la extradición. Tanto fuentes del Alto Tribunal como de la Fiscalía coinciden en que una vez que el fallo se haga público, previsiblemente a finales del mes de septiembre o la primera quincena de octubre, debería procederse a la reclamación de los prófugos para que sean juzgados en España por los mismos hechos que los acusados que sí han respondido ante la justicia. Lo contrario supondría un agravio respecto a quienes, en algunos casos –Junqueras, Rovira o los «Jordis»–, pronto cumplirán dos años en prisión preventiva. En manos de Llarena Con el aval que supone una sentencia ya dictada por la máxima autoridad judicial de España, que es el Tribunal Supremo –respecto a los meros indicios delictivos contenidos en la querella que dio origen a esta causa–, el Ministerio Público pedirá la entrega de los prófugos en un último gesto de confianza al reconocimiento mutuo de resoluciones que debe presidir el mecanismo de la euroorden. Sin embargo, es el instructor de la causa del «procés», Pablo Llarena, quien tiene la última palabra. El juez decidió retirar todas las órdenes cursadas (y dejar vigente solo la detención nacional) tras el varapalo de Alemania. Pese a tener tipificado un delito equivalente a la rebelión en su Código Penal (alta traición), el tribunal regional de Schleswig-Holstein se negó a entregar a Puigdemont extralimitándose al valorar los hechos –en apenas 48 horas tomó una decisión sobre el fondo del asunto– y haciendo tambalear los pilares de la euroorden. De igual forma, Bélgica rechazó la entrega de los exconsejeros huidos con el argumento de que no se había aportado la necesaria orden de detención contra los reclamados, cuando lo cierto es que España hizo valer un auto de procesamiento que ya subsumía aquella orden. En relación a estos dos incidentes, hace apenas dos semanas, el propio tribunal del «procés» puso de manifiesto ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo «el lamentable olvido de la naturaleza de la euroorden como instrumento de cooperación judicial en el ámbito de la Unión». Lo hizo en un escrito en el que preguntaba sobre la posible inmunidad de Junqueras como eurodiputado. El rechazo a las entregas de los prófugos se ha basado en «argumentos de difícil comprensión», sostuvo el alto Tribunal. Lo cierto es que la decisión de Alemania y Bélgica no hizo más que evidenciar las carencias de un mecanismo cuyos resultados no se compadecen con la filosofía que justificó esta figura, basada en la confianza mutua entre los Estados: la norma debería ser la entrega, y la negativa, la excepción. Pero no es así. La realidad es que sólo una de cada tres órdenes de detención emitidas por los 28 países de la UE que participan en este acuerdo marco se saldan con la entrega del reclamado, según se desprende del último informe de la Comisión Europea. En el año 2016 –el último estudio sobre el seguimiento de la euroorden–, los países miembros emitieron 16.636 euroórdenes, de las cuales se ejecutaron 5.812, es decir, un 34,9 por ciento. El porcentaje es similar a la cifra global que arroja el balance de la euroorden desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2004: durante este periodo se dictaron un total de 150.613 peticiones de entrega, de las que se materializaron 43.005, es decir, un 28,5 por ciento. Sea porque, una vez cursada la euroorden, el reclamado no aparece; porque por arraigo cumple la pena en aquel país o porque las autoridades dilatan el procedimiento solicitando información complementaria, lo cierto es que este instrumento no tiene los resultados esperados. Bélgica, un caso peculiar Las cifras hablan por sí solas, como también la colaboración y participación que los distintos países implicados han tenido en la elaboración del propio informe, al que ha tenido acceso ABC, y que está basado en formularios que el país en cuestión tiene que completar. Aunque es común que el Estado miembro deje alguna casilla en blanco al no disponer de un dato concreto, sólo uno de ellos lo hace sistemáticamente: Bélgica. En su caso sólo ha rellenado la cifra de órdenes de detención emitidas: 660. A partir de ahí ya no da información sobre las ejecutadas ni sobre ningún otro aspecto. El país que más órdenes de detención emitió ese año fue precisamente Alemania (2.421), seguido de Polonia (2.215), Italia (1.768), Francia (1.306) y Rumanía (1.052). Mientras que Alemania consiguió que se ejecutaran una de cada dos emitidas, España se quedó algo por debajo de la media de la UE: de las 730 dictadas sólo se materializaron 201. El compromiso de España con los países miembros parece fuera de toda duda: siempre está en los primeros puestos en la respuesta a una orden de detención y entrega. Después del Reino Unido (1.843), es el país que más personas detuvo (854); el segundo, después de Alemania (1.347), que más procedimientos de entrega inició (1.177) en el marco de la euroorden recibida; y el tercero que más personas entregó (731), sólo por detrás del Reino Unido (1.843) y Alemania (1.231). Precisamente por el compromiso de este último país en la lucha contra la delincuencia internacional, y por su respuesta a las euroórdenes de terceros, sorprendió tanto la «extralimitación» del tribunal regional cuando se metió de lleno en el fondo de un procedimiento complejo y extenso sin conocer las pruebas ni argumentaciones de las partes. Doble incriminación Fuera de las 32 categorías de delitos reconocidos por todos los países en los que la entrega es automática, el país al que se cursa la euroorden sólo se tendría que limitar a constatar la doble incriminación, es decir, si el delito por el que se reclama a la persona tiene paralelismo en la legislación penal de ese Estado. No se exige identidad del delito, sino que ese delito lo sea también en el país al que se reclama. En cualquier caso, y salvo que los prófugos decidan cambiar de destino y huir a algún «paraiso judicial» con el que España no haya firmado un acuerdo bilateral de entrega, o en el improbable caso de que decidan volver a España y asumir sus responsabilidades penales, la batalla de la euroorden se volverá a librar con Bélgica y el Reino Unido. Del primero de estos países sólo se conoce el dato de las órdenes que emitió; del segundo algo más: además de que se trata del que más personas detuvo y entregó en el marco de una euroorden, sólo emitió 348 órdenes de detención y entrega, de las que se ejecutaron 162. Delitos sexuales, corrupción y robos y daños encabezaron sus solicitudes de entrega.

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